ESPACIOS CARDIOPROTEGIDOS
Desde SERVIOLA, apostamos por la creación de espacios cardio protegidos ,debido a la gran importancia que tienen los mismos ante una situación de alguna persona que sufra una PCR (Parada Cardio Respiratoria) en cualquier instalación ya sea pública o privada que ostente dicho distintivo.

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo ese derecho a la protección de la salud, y determina entre sus principios generales que las actuaciones de las administraciones públicas garantizarán la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud. En su artículo 3, esta ley declara como objetivo del sistema sanitario que los medios y actuaciones del mismo estarán orientadas prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. Asimismo, en su artículo 6, establece que las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias estarán orientadas a la promoción de la salud y a garantizar que cuantas acciones sanitarias se desarrollen estén dirigidas a la prevención de las enfermedades y no solo a la curación de las mismas, garantizándose la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud.
Por su parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud recoge en su artículo 2, entre los principios generales que la informan, la prestación de una atención integral a la salud, comprensiva tanto de su promoción como de la prevención de enfermedades, de la asistencia y de la rehabilitación, procurando un alto nivel de calidad.
En nuestro país, las enfermedades cardiovasculares constituyen uno de los problemas de salud más importantes para la población. La mayoría de las muertes evitables se deben a enfermedades coronarias, y se producen en el medio extrahospitalario. Se estima que cada año se producen en España más de 24.500 paradas cardiacas, lo que equivale a una media de una cada 20 minutos, ocasionando cuatro veces más muertes que los accidentes de tráfico, y la fibrilación ventricular es la responsable inicial de hasta un 85 por ciento de las paradas cardiacas extrahospitalarias.
Para combatir este problema, diversos estudios científicos de investigación han demostrado la efectividad, utilidad y el nulo riesgo de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos en los programas de atención inmediata realizados por personal no sanitario en espacios públicos, y avalan que dicha utilización puede salvar la vida a personas que sufren una fibrilación ventricular.
Así, dentro del Plan de Calidad, la Estrategia de Cardiopatía Isquémica, aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 28 de junio de 2006, contempla la desfibrilación temprana como un elemento fundamental en el aspecto asistencial, en la línea de lo expresado por un gran número de organismos médicos internacionales. Con esa finalidad, el objetivo 6 de esta Estrategia incluye una recomendación consistente en la necesidad de establecer un marco legal para la implantación y desarrollo de un programa de desfibriladores semiautomáticos en lugares públicos, tal y como ya está previsto en la legislación de un número significativo de comunidades autónomas que, en ejercicio de sus competencias de organización y administración de sus servicios, han regulado el uso de los desfibriladores externos por personal no sanitario con normas específicas, mediante las que incorporan estas actuaciones a la cadena asistencial y al sistema de emergencias de las distintas comunidades autónomas.
Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.
Aunque el modelo de desfibrilador externo más utilizado en los programas de atención inmediata, realizados por personal no sanitario en espacios públicos, es el denominado semiautomático, esta norma regula igualmente los dispositivos conocidos de manera general como desfibriladores externos automáticos.
Por todo lo anterior, procede abordar mediante este real decreto la regulación de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos fuera del ámbito sanitario mediante el establecimiento de los requisitos mínimos de seguridad y calidad en su uso en todo el territorio, dando eficaz y amplia cobertura a las exigencias de utilización de estos aparatos en las situaciones de emergencia que requiere la desfibrilación temprana, favoreciendo su disponibilidad en el mayor número de lugares donde se concentre una gran cantidad de personas y fijando los contenidos esenciales de la formación de quienes estén habilitados para usarlos.
Siguiendo dicho RD y el DECRETO 22/2012, de 14 de febrero, por el que se regula el uso de desfibriladores externos automatiza- dos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro dentro de la comunidad autonómica de Andalucía, ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, se suma en tal iniciativa, creando espacios cardio protegidos y formando al personal necesario para la utilización del DEA( Desfibrilador Externo Semiautomático) siguiendo las recomendaciones formativas de la propia Junta De Andalucía y en este caso, según la Consejería de Salud y Bienestar Social, mediante la Orden de 4 de junio de 2013, por la que se determina la formación necesaria para el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario.

De igual forma, nuestra escuela, sigue también las instrucciones formativas del Plan Nacional de RCP( Reanimación Cardio-Pulmonar) dado que todos nuestros instructores, están avalados y formados por SEMICYUC ( Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias ).
Nos sentimos orgullosos de que todo nuestro personal disponga dicha formación con su Diploma acreditativo correspondiente, dado que la divulgación y formación con la creación de los ESPACIOS CARDIO-PROTEGIDOS, es una prioridad para nosotros, dado que saber utilizar un DESFIBRILADOR, por parte de personal no sanitario, SALVA VIDAS.
Una de las ideas que intentamos trasmitir a nuestros potenciales clientes, es hacerles ver la necesidad de la compra, instalación y formación al respecto de un DEA, para conseguir así su acreditación de ESPACIOCARDIOPROTEGIDO, mediante la evidencia científica que existe a día de hoy y mediante la comparativa con la implantación hace ya algunos años de los extintores tanto en los espacios públicos, como privados.

PORQUE HACEMOS TAL COMPARATIVA?
PORQUE LA IMPORTANCIA DE CONSEGUIR ESTE ESPACIO?
Pues bien, la cosa es fácil de entender, los extintores han conseguido evitar grandes fuegos, consiguiendo apagar con estos, pequeños conatos, que antiguamente se descontrolaban muy rápido y provocaban gran número de víctimas.
Entendido esta breve explicación, pasemos a detallar la funcionalidad de un Desfibrilador y la importancia de su utilización de una manera correcta por parte de personal no SANITARIO:
En el inicio, cuando una persona, ya sea niño o adulto, sufre una PCR, en el 90% de los casos, en los primeros minutos, este corazón que deja de funcionar, tiene un problema en su sistema eléctrico, conocido como FV(Fibrilación Ventricular) que hace que el mismo no pueda funcionar bien, bombeando la sangre de una manera adecuada.
Para solventar este problema, es necesario dar una descarga eléctrica que actuará sobre el propia sistema eléctrico de corazón, la cual hará que el mismo se resetee y empiece a funcionar de una manera correcta.
Dicha descarga se puede proporcionar única y exclusivamente con el DEA

Los primeros minutos son vitales para poder aumentar las probabilidades de supervivencia de la víctima que esté sufriendo una PCR, mediante la aplicación de tal dispositivo, el cual debe de llegar a conocerse igual o más que los extintores, dado que por estadísticas puras, se producen más paradas al año que incendios, siendo la PCR a día de hoy en nuestro país, una de las principales causas de muerte entre los ciudadanos con o sin patología cardiaca.
De ahí la importancia de reducir el tiempo de respuesta por parte del personal civil no sanitario que se encuentre en el lugar de los hechos, hasta la llegada de los equipos Sanitarios.
Por ello es vital que tanto empresas, grandes superficies( estaciones de trenes, puertos, aeropuertos, instalaciones deportivas) etc…. Ya sean públicas o privadas, cuenten con dichos dispositivos, los cuales deben de estar bien señalizados e identificados, para la utilización de los mismos por parte del personal sanitario ya sea laboral adscrito a dichas instalaciones, o usuarios de las mismas que puedan cogerlo y seguir instrucciones de los CENTROS DE COORDINACIÓN DE OS SERVICIOS DE EMERGENCIAS.
EN ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, ENCONTRARÁS UN SERVICIO PERSONALIZADO A CORDE TUS NECESIDADES, QUE IRÁ DESDE EL ESTUDIA PARA LA INSTALACIÓN DEL DISPOSITIVO, COMO LA FORMACIÓN Y RECICLAJE DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE SE DECIDAN FORMARSE COMO EL MANTENIMIENTO DEL DISPOSITIVO, CERRANDO ASÍ UN SERVICIO COMPLETO QUE HARA DE TUS INSTALACIONES UN LUGAR MÁS SEGURO NO SOLO PARA LOS PROPIOS TRABAJADORES, SINO TAMBIÉN PARA LOS USUARIOS DE LAS MISMAS.
La figura del primer interviniente es fundamenta para salvar una vida y así queda demostrado en la CADENA DE SUPERVIVENCIA, NO TE LA JUEGUES Y CUENTA CON LOS MEJORES PARA TU SEGURIDAD, NO TE LA JUEGUES Y CUWENTA CON ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA.


Desde SERVIOLA, apostamos por la creación de espacios cardio protegidos ,debido a la gran importancia que tienen los mismos ante una situación de alguna persona que sufra una PCR (Parada Cardio Respiratoria) en cualquier instalación ya sea pública o privada que ostente dicho distintivo.

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo ese derecho a la protección de la salud, y determina entre sus principios generales que las actuaciones de las administraciones públicas garantizarán la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud. En su artículo 3, esta ley declara como objetivo del sistema sanitario que los medios y actuaciones del mismo estarán orientadas prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. Asimismo, en su artículo 6, establece que las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias estarán orientadas a la promoción de la salud y a garantizar que cuantas acciones sanitarias se desarrollen estén dirigidas a la prevención de las enfermedades y no solo a la curación de las mismas, garantizándose la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud.
Por su parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud recoge en su artículo 2, entre los principios generales que la informan, la prestación de una atención integral a la salud, comprensiva tanto de su promoción como de la prevención de enfermedades, de la asistencia y de la rehabilitación, procurando un alto nivel de calidad.
En nuestro país, las enfermedades cardiovasculares constituyen uno de los problemas de salud más importantes para la población. La mayoría de las muertes evitables se deben a enfermedades coronarias, y se producen en el medio extrahospitalario. Se estima que cada año se producen en España más de 24.500 paradas cardiacas, lo que equivale a una media de una cada 20 minutos, ocasionando cuatro veces más muertes que los accidentes de tráfico, y la fibrilación ventricular es la responsable inicial de hasta un 85 por ciento de las paradas cardiacas extrahospitalarias.
Para combatir este problema, diversos estudios científicos de investigación han demostrado la efectividad, utilidad y el nulo riesgo de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos en los programas de atención inmediata realizados por personal no sanitario en espacios públicos, y avalan que dicha utilización puede salvar la vida a personas que sufren una fibrilación ventricular.
Así, dentro del Plan de Calidad, la Estrategia de Cardiopatía Isquémica, aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 28 de junio de 2006, contempla la desfibrilación temprana como un elemento fundamental en el aspecto asistencial, en la línea de lo expresado por un gran número de organismos médicos internacionales. Con esa finalidad, el objetivo 6 de esta Estrategia incluye una recomendación consistente en la necesidad de establecer un marco legal para la implantación y desarrollo de un programa de desfibriladores semiautomáticos en lugares públicos, tal y como ya está previsto en la legislación de un número significativo de comunidades autónomas que, en ejercicio de sus competencias de organización y administración de sus servicios, han regulado el uso de los desfibriladores externos por personal no sanitario con normas específicas, mediante las que incorporan estas actuaciones a la cadena asistencial y al sistema de emergencias de las distintas comunidades autónomas.
Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.
Aunque el modelo de desfibrilador externo más utilizado en los programas de atención inmediata, realizados por personal no sanitario en espacios públicos, es el denominado semiautomático, esta norma regula igualmente los dispositivos conocidos de manera general como desfibriladores externos automáticos.
Por todo lo anterior, procede abordar mediante este real decreto la regulación de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos fuera del ámbito sanitario mediante el establecimiento de los requisitos mínimos de seguridad y calidad en su uso en todo el territorio, dando eficaz y amplia cobertura a las exigencias de utilización de estos aparatos en las situaciones de emergencia que requiere la desfibrilación temprana, favoreciendo su disponibilidad en el mayor número de lugares donde se concentre una gran cantidad de personas y fijando los contenidos esenciales de la formación de quienes estén habilitados para usarlos.
Siguiendo dicho RD y el DECRETO 22/2012, de 14 de febrero, por el que se regula el uso de desfibriladores externos automatiza- dos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro dentro de la comunidad autonómica de Andalucía, ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, se suma en tal iniciativa, creando espacios cardio protegidos y formando al personal necesario para la utilización del DEA( Desfibrilador Externo Semiautomático) siguiendo las recomendaciones formativas de la propia Junta De Andalucía y en este caso, según la Consejería de Salud y Bienestar Social, mediante la Orden de 4 de junio de 2013, por la que se determina la formación necesaria para el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario.

De igual forma, nuestra escuela, sigue también las instrucciones formativas del Plan Nacional de RCP( Reanimación Cardio-Pulmonar) dado que todos nuestros instructores, están avalados y formados por SEMICYUC ( Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias ).
Nos sentimos orgullosos de que todo nuestro personal disponga dicha formación con su Diploma acreditativo correspondiente, dado que la divulgación y formación con la creación de los ESPACIOS CARDIO-PROTEGIDOS, es una prioridad para nosotros, dado que saber utilizar un DESFIBRILADOR, por parte de personal no sanitario, SALVA VIDAS.
Una de las ideas que intentamos trasmitir a nuestros potenciales clientes, es hacerles ver la necesidad de la compra, instalación y formación al respecto de un DEA, para conseguir así su acreditación de ESPACIOCARDIOPROTEGIDO, mediante la evidencia científica que existe a día de hoy y mediante la comparativa con la implantación hace ya algunos años de los extintores tanto en los espacios públicos, como privados.

PORQUE HACEMOS TAL COMPARATIVA?
PORQUE LA IMPORTANCIA DE CONSEGUIR ESTE ESPACIO?
Pues bien, la cosa es fácil de entender, los extintores han conseguido evitar grandes fuegos, consiguiendo apagar con estos, pequeños conatos, que antiguamente se descontrolaban muy rápido y provocaban gran número de víctimas.
Entendido esta breve explicación, pasemos a detallar la funcionalidad de un Desfibrilador y la importancia de su utilización de una manera correcta por parte de personal no SANITARIO:
En el inicio, cuando una persona, ya sea niño o adulto, sufre una PCR, en el 90% de los casos, en los primeros minutos, este corazón que deja de funcionar, tiene un problema en su sistema eléctrico, conocido como FV(Fibrilación Ventricular) que hace que el mismo no pueda funcionar bien, bombeando la sangre de una manera adecuada.
Para solventar este problema, es necesario dar una descarga eléctrica que actuará sobre el propia sistema eléctrico de corazón, la cual hará que el mismo se resetee y empiece a funcionar de una manera correcta.
Dicha descarga se puede proporcionar única y exclusivamente con el DEA

Los primeros minutos son vitales para poder aumentar las probabilidades de supervivencia de la víctima que esté sufriendo una PCR, mediante la aplicación de tal dispositivo, el cual debe de llegar a conocerse igual o más que los extintores, dado que por estadísticas puras, se producen más paradas al año que incendios, siendo la PCR a día de hoy en nuestro país, una de las principales causas de muerte entre los ciudadanos con o sin patología cardiaca.
De ahí la importancia de reducir el tiempo de respuesta por parte del personal civil no sanitario que se encuentre en el lugar de los hechos, hasta la llegada de los equipos Sanitarios.
Por ello es vital que tanto empresas, grandes superficies( estaciones de trenes, puertos, aeropuertos, instalaciones deportivas) etc…. Ya sean públicas o privadas, cuenten con dichos dispositivos, los cuales deben de estar bien señalizados e identificados, para la utilización de los mismos por parte del personal sanitario ya sea laboral adscrito a dichas instalaciones, o usuarios de las mismas que puedan cogerlo y seguir instrucciones de los CENTROS DE COORDINACIÓN DE OS SERVICIOS DE EMERGENCIAS.
EN ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, ENCONTRARÁS UN SERVICIO PERSONALIZADO A CORDE TUS NECESIDADES, QUE IRÁ DESDE EL ESTUDIA PARA LA INSTALACIÓN DEL DISPOSITIVO, COMO LA FORMACIÓN Y RECICLAJE DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE SE DECIDAN FORMARSE COMO EL MANTENIMIENTO DEL DISPOSITIVO, CERRANDO ASÍ UN SERVICIO COMPLETO QUE HARA DE TUS INSTALACIONES UN LUGAR MÁS SEGURO NO SOLO PARA LOS PROPIOS TRABAJADORES, SINO TAMBIÉN PARA LOS USUARIOS DE LAS MISMAS.
La figura del primer interviniente es fundamenta para salvar una vida y así queda demostrado en la CADENA DE SUPERVIVENCIA, NO TE LA JUEGUES Y CUENTA CON LOS MEJORES PARA TU SEGURIDAD, NO TE LA JUEGUES Y CUWENTA CON ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA.


ESPACIOS CARDIOPROTEGIDOS
Desde SERVIOLA, apostamos por la creación de espacios cardio protegidos ,debido a la gran importancia que tienen los mismos ante una situación de alguna persona que sufra una PCR (Parada Cardio Respiratoria) en cualquier instalación ya sea pública o privada que ostente dicho distintivo.

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, y declara que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo ese derecho a la protección de la salud, y determina entre sus principios generales que las actuaciones de las administraciones públicas garantizarán la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud. En su artículo 3, esta ley declara como objetivo del sistema sanitario que los medios y actuaciones del mismo estarán orientadas prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. Asimismo, en su artículo 6, establece que las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias estarán orientadas a la promoción de la salud y a garantizar que cuantas acciones sanitarias se desarrollen estén dirigidas a la prevención de las enfermedades y no solo a la curación de las mismas, garantizándose la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de la salud.
Por su parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud recoge en su artículo 2, entre los principios generales que la informan, la prestación de una atención integral a la salud, comprensiva tanto de su promoción como de la prevención de enfermedades, de la asistencia y de la rehabilitación, procurando un alto nivel de calidad.
En nuestro país, las enfermedades cardiovasculares constituyen uno de los problemas de salud más importantes para la población. La mayoría de las muertes evitables se deben a enfermedades coronarias, y se producen en el medio extrahospitalario. Se estima que cada año se producen en España más de 24.500 paradas cardiacas, lo que equivale a una media de una cada 20 minutos, ocasionando cuatro veces más muertes que los accidentes de tráfico, y la fibrilación ventricular es la responsable inicial de hasta un 85 por ciento de las paradas cardiacas extrahospitalarias.
Para combatir este problema, diversos estudios científicos de investigación han demostrado la efectividad, utilidad y el nulo riesgo de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos en los programas de atención inmediata realizados por personal no sanitario en espacios públicos, y avalan que dicha utilización puede salvar la vida a personas que sufren una fibrilación ventricular.
Así, dentro del Plan de Calidad, la Estrategia de Cardiopatía Isquémica, aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 28 de junio de 2006, contempla la desfibrilación temprana como un elemento fundamental en el aspecto asistencial, en la línea de lo expresado por un gran número de organismos médicos internacionales. Con esa finalidad, el objetivo 6 de esta Estrategia incluye una recomendación consistente en la necesidad de establecer un marco legal para la implantación y desarrollo de un programa de desfibriladores semiautomáticos en lugares públicos, tal y como ya está previsto en la legislación de un número significativo de comunidades autónomas que, en ejercicio de sus competencias de organización y administración de sus servicios, han regulado el uso de los desfibriladores externos por personal no sanitario con normas específicas, mediante las que incorporan estas actuaciones a la cadena asistencial y al sistema de emergencias de las distintas comunidades autónomas.
Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.
Aunque el modelo de desfibrilador externo más utilizado en los programas de atención inmediata, realizados por personal no sanitario en espacios públicos, es el denominado semiautomático, esta norma regula igualmente los dispositivos conocidos de manera general como desfibriladores externos automáticos.
Por todo lo anterior, procede abordar mediante este real decreto la regulación de la utilización de los desfibriladores semiautomáticos fuera del ámbito sanitario mediante el establecimiento de los requisitos mínimos de seguridad y calidad en su uso en todo el territorio, dando eficaz y amplia cobertura a las exigencias de utilización de estos aparatos en las situaciones de emergencia que requiere la desfibrilación temprana, favoreciendo su disponibilidad en el mayor número de lugares donde se concentre una gran cantidad de personas y fijando los contenidos esenciales de la formación de quienes estén habilitados para usarlos.
Siguiendo dicho RD y el DECRETO 22/2012, de 14 de febrero, por el que se regula el uso de desfibriladores externos automatiza- dos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro dentro de la comunidad autonómica de Andalucía, ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, se suma en tal iniciativa, creando espacios cardio protegidos y formando al personal necesario para la utilización del DEA( Desfibrilador Externo Semiautomático) siguiendo las recomendaciones formativas de la propia Junta De Andalucía y en este caso, según la Consejería de Salud y Bienestar Social, mediante la Orden de 4 de junio de 2013, por la que se determina la formación necesaria para el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario.

De igual forma, nuestra escuela, sigue también las instrucciones formativas del Plan Nacional de RCP( Reanimación Cardio-Pulmonar) dado que todos nuestros instructores, están avalados y formados por SEMICYUC ( Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias ).
Nos sentimos orgullosos de que todo nuestro personal disponga dicha formación con su Diploma acreditativo correspondiente, dado que la divulgación y formación con la creación de los ESPACIOS CARDIO-PROTEGIDOS, es una prioridad para nosotros, dado que saber utilizar un DESFIBRILADOR, por parte de personal no sanitario, SALVA VIDAS.
Una de las ideas que intentamos trasmitir a nuestros potenciales clientes, es hacerles ver la necesidad de la compra, instalación y formación al respecto de un DEA, para conseguir así su acreditación de ESPACIOCARDIOPROTEGIDO, mediante la evidencia científica que existe a día de hoy y mediante la comparativa con la implantación hace ya algunos años de los extintores tanto en los espacios públicos, como privados.

PORQUE HACEMOS TAL COMPARATIVA?
PORQUE LA IMPORTANCIA DE CONSEGUIR ESTE ESPACIO?
Pues bien, la cosa es fácil de entender, los extintores han conseguido evitar grandes fuegos, consiguiendo apagar con estos, pequeños conatos, que antiguamente se descontrolaban muy rápido y provocaban gran número de víctimas.
Entendido esta breve explicación, pasemos a detallar la funcionalidad de un Desfibrilador y la importancia de su utilización de una manera correcta por parte de personal no SANITARIO:
En el inicio, cuando una persona, ya sea niño o adulto, sufre una PCR, en el 90% de los casos, en los primeros minutos, este corazón que deja de funcionar, tiene un problema en su sistema eléctrico, conocido como FV(Fibrilación Ventricular) que hace que el mismo no pueda funcionar bien, bombeando la sangre de una manera adecuada.
Para solventar este problema, es necesario dar una descarga eléctrica que actuará sobre el propia sistema eléctrico de corazón, la cual hará que el mismo se resetee y empiece a funcionar de una manera correcta.
Dicha descarga se puede proporcionar única y exclusivamente con el DEA

Los primeros minutos son vitales para poder aumentar las probabilidades de supervivencia de la víctima que esté sufriendo una PCR, mediante la aplicación de tal dispositivo, el cual debe de llegar a conocerse igual o más que los extintores, dado que por estadísticas puras, se producen más paradas al año que incendios, siendo la PCR a día de hoy en nuestro país, una de las principales causas de muerte entre los ciudadanos con o sin patología cardiaca.
De ahí la importancia de reducir el tiempo de respuesta por parte del personal civil no sanitario que se encuentre en el lugar de los hechos, hasta la llegada de los equipos Sanitarios.
Por ello es vital que tanto empresas, grandes superficies( estaciones de trenes, puertos, aeropuertos, instalaciones deportivas) etc…. Ya sean públicas o privadas, cuenten con dichos dispositivos, los cuales deben de estar bien señalizados e identificados, para la utilización de los mismos por parte del personal sanitario ya sea laboral adscrito a dichas instalaciones, o usuarios de las mismas que puedan cogerlo y seguir instrucciones de los CENTROS DE COORDINACIÓN DE OS SERVICIOS DE EMERGENCIAS.
EN ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA, ENCONTRARÁS UN SERVICIO PERSONALIZADO A CORDE TUS NECESIDADES, QUE IRÁ DESDE EL ESTUDIA PARA LA INSTALACIÓN DEL DISPOSITIVO, COMO LA FORMACIÓN Y RECICLAJE DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE SE DECIDAN FORMARSE COMO EL MANTENIMIENTO DEL DISPOSITIVO, CERRANDO ASÍ UN SERVICIO COMPLETO QUE HARA DE TUS INSTALACIONES UN LUGAR MÁS SEGURO NO SOLO PARA LOS PROPIOS TRABAJADORES, SINO TAMBIÉN PARA LOS USUARIOS DE LAS MISMAS.
La figura del primer interviniente es fundamenta para salvar una vida y así queda demostrado en la CADENA DE SUPERVIVENCIA, NO TE LA JUEGUES Y CUENTA CON LOS MEJORES PARA TU SEGURIDAD, NO TE LA JUEGUES Y CUWENTA CON ESCUELA DE RESCATE Y SALVAMENTO SERVIOLA.

